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Carlos Salinas

 

2. Carlos Salinas de Gortari

Biografía: https://youtu.be/o33JfY7mZV4


Modernización Educativa

El Programa de Modernización Educativa, presentado en el Gobierno Salinista, tiene a la utilización de los avances tecnológicos y científicos aplicados a la instrucción educativa en sus diversos sectores y niveles; implementa la educación a los adultos: la capacitación a los trabajadores; la formación de docente; la educación media superior, las licenciaturas y los postgrados; los sistemas abiertos; la evaluación y los inmuebles educativos.

Reformas al Artículo 3° Constitucional

PRIMERA REFORMA

Fecha de publicación: 12 de diciembre de 1934.

Presidente en Turno: Lázaro Cárdenas.

“Articulo 3°. “La educación será socialista y además de excluir toda doctrina religiosa combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades de forma que permita crear en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de la vida social.

La educación primaria será obligatoria y el Estado la impartirá gratuitamente.

SEGUNDA REFORMA

Fecha de publicación:30 de diciembre de 1946.

Presidente en Turno: Manuel Ávila Camacho.

Articulo 3°. La educación que imparta el estado-Federación, Estados, Municipios tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia.

TERCERA REFORMA

Fecha de publicación: 9 de junio de 1980.

Presidente en Turno: José López Portillo.

Artículo 3°

VII.- Toda la educación que el Estado imparta será gratuita y.

VIII.- Las universidades y las demás instituciones en educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a si mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo.

CUARTA REFORMA

Fecha de publicación: 28 de enero de 1992.

Presidente en Turno: Carlos Salinas de Gortari.

Artículo 3°

I.    Garantizada por el articulo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;

II.    El criterio que orientara a esa educación se basara en los resultados del progreso científico luchara contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los anatismos y los prejuicios.

QUINTA REFORMA

Fecha de publicación: 5 de marzo de 1993.

Presidente en Turno: Carlos Salinas de Gortari Artículo 3°.- todo individuo tiene derecho a recibir educación. El estado Federación, Estados y Municipios impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y la secundaria son obligatorias.


La Educación y el Tratado de Libre Comercio

El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLC) ampliará y profundizará el intercambio de bienes y servicios entre los países signatarios. Los cambios en el mundo revelan el resurgimiento de una competencia acrecentada y despiadada, así como la agudización de la asimetría económica entre las naciones.

Canadá, Estados Unidos, México.


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